Retenciones SAT Guatemala 2026: guía completa de IVA e ISR para empresas


El 94% de los contadores en Guatemala ha cometido al menos un error de retención que generó multas evitables. La razón casi siempre es la misma: confunden quién debe retener, cuánto y cuándo declararlo.

Esta guía cubre todo lo que necesitas saber sobre las retenciones SAT Guatemala en 2026: tipos, tasas, cálculo, formularios y cómo declarar en Declaraguate. Sin rodeos.

¿Qué son las retenciones del SAT en Guatemala?

Una retención es, en términos prácticos, un anticipo del impuesto que el pagador descuenta antes de hacer efectivo el pago a su proveedor o empleado. En lugar de que el contribuyente pague el 100% del IVA o ISR directamente al Estado, es el agente retenedor quien lo recauda y lo traslada a la SAT en su nombre.

El marco legal que regula las retenciones de IVA es el Decreto 20-2006, Disposiciones Legales para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria. Para ISR, las obligaciones se derivan del Libro I de la Ley de Actualización Tributaria (Decreto 10-2012).

Tipos de retenciones en Guatemala

Existen dos grandes categorías. Cada una tiene sus propias tasas, formularios y plazos:

TipoImpuesto retenidoFormulario principalPlazo de pago
Retención de IVA12% aplicado a compras o serviciosSAT-2340Primeros 15 días hábiles del mes siguiente
Retención ISR en relación de dependenciaISR sobre salariosSAT-1331Primeros 10 días del mes siguiente
Retención ISR por honorariosISR sobre servicios profesionalesSAT-1331Primeros 10 días del mes siguiente

Las retenciones de IVA y las de ISR corren en sistemas distintos dentro de la SAT. Un error frecuente es mezclar los plazos.

Retención del IVA: quiénes son agentes retenedores

No cualquier empresa puede ni debe retener IVA. La SAT califica expresamente a quienes tienen esa obligación:

  • Sector público: ministerios, municipalidades, entidades autónomas y semiautónomas, en toda transacción con proveedores.
  • Exportadores (Decreto 29-89): quienes se inscriben como exportadores con exportaciones mensuales promedio iguales o superiores a Q100,000.
  • Contribuyentes especiales (Grandes Contribuyentes): empresas o personas calificadas por la SAT y notificadas de su activación como agentes de retención, en transacciones mayores a Q2,500.
  • Operadoras de tarjetas de crédito o débito: cuando realizan pagos a comercios afiliados por compras con tarjeta.

Si tu empresa recibió una notificación formal de la SAT indicando que quedas calificado como agente retenedor, esa obligación es inmediata. No hay período de gracia.

Puedes verificar si un proveedor o tu propia empresa está registrado en el padrón de agentes retenedores directamente en el portal de la SAT, sección “Retenciones Web IVA”, ingresando con tu RNIT y clave.

¿Cómo calcular las retenciones de IVA en Guatemala?

La fórmula es directa. Lo que varía es el porcentaje según el tipo de agente retenedor:

Ejemplo:

Una empresa del sector público recibe una factura de Q11,200 (Q10,000 de servicio + Q1,200 de IVA). Como agente del sector público, aplica el 25%:

  • IVA de la factura: Q1,200
  • Porcentaje a retener: 25%
  • Retención: Q1,200 × 25% = Q300
  • Pago neto al proveedor: Q11,200 − Q300 = Q10,900

La retención de Q300 queda a cargo del agente retenedor para trasladarla a la SAT.

Para facturas del Régimen Pequeño Contribuyente, la regla cambia: se retiene el 5% sobre el total de la venta (no sobre el IVA), y aplica a partir de Q2,500.

¿Qué porcentaje se retiene de IVA?

Los porcentajes vigentes en 2026, según el tipo de agente retenedor, son:

Tipo de agente retenedorPorcentaje de retención
Contribuyentes especiales / Grandes Contribuyentes15%
Sector público25%
Exportadores (Decreto 29-89)65%
Exportadores habituales15% o 65% según categoría
Operadoras de tarjetas de crédito / débito15% o 1.5%
Pequeño contribuyente (sobre total venta)5%

El 65% no es un error de tipografía. Los exportadores acogidos al Decreto 29-89 retienen casi dos tercios del IVA porque la ley les permite compensar ese crédito contra sus propias obligaciones de exportación.

Retención del ISR: empleados y honorarios

El ISR también opera con retención en la fuente, pero a través del sistema ReteniISR del portal SAT. Hay dos escenarios principales:

  • Relación de dependencia: el patrono retiene mensualmente según la proyección anual del salario del empleado. El formulario de declaración es el SAT-1331 y el plazo de pago es dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente.
  • Honorarios profesionales (sin relación de dependencia): quien paga el servicio retiene el porcentaje correspondiente antes de girar el pago. Aplica para servicios prestados por personas individuales no inscritas bajo relación de dependencia.

Para una revisión detallada de las tasas progresivas del ISR, rangos de ingreso y simuladores, consulta nuestra guía específica.

Cómo declarar retenciones en Declaraguate

El proceso de declaración varía según el impuesto retenido, pero en ambos casos la plataforma es Declaraguate (declaraguate.sat.gob.gt).

Para retenciones de IVA Formulario SAT-2340:

  1. Ingresa a Declaraguate con tu usuario y contraseña.
  2. Selecciona “Llenar formulario” y busca el SAT-2340 (Declaración Jurada de Retenciones del IVA).
  3. Registra el total de IVA retenido durante el mes calendario.
  4. Genera el formulario y descarga el número de referencia.
  5. Realiza el pago con la boleta SAT-2000 en cualquier banco del sistema o por BancaSAT.
  6. El plazo máximo es dentro de los primeros 15 días hábiles del mes siguiente al período de retención.

Para retenciones de ISR — Formulario SAT-1331:

  1. Accede al sistema ReteniISR desde el portal SAT con tu RNIT.
  2. Registra las retenciones del período y genera la declaración.
  3. El pago debe completarse en los primeros 10 días hábiles del mes siguiente.

Si eres agente retenedor de IVA, también puedes gestionar las constancias digitales directamente desde el sistema “Retenciones Web IVA” sin salir del portal SAT. Esto reduce errores de digitación en Declaraguate.

Constancia de retención: qué es y cómo emitirla

La constancia de retención es el documento que el agente retenedor entrega al proveedor o empleado como comprobante de que el impuesto fue descontado y será remesado a la SAT.

Para IVA: el formulario interno es el SAT-2229 (Constancia de Retención del IVA), emitido desde el sistema Retenciones Web. Debe entregarse al momento de la transacción o a más tardar con la misma fecha de la factura.

Para ISR: la constancia correspondiente es la SAT-1911. La obligación del agente retenedor es emitirla y entregarla a más tardar 10 días posteriores al pago al proveedor o empleado. Excepción: las unidades ejecutoras del sector estatal tienen hasta 5 días del mes siguiente para emitirla, y la fechan con la fecha de pago.

Todos los documentos de respaldo constancias, comprobantes de pago, facturas FELdeben conservarse mínimo 4 años, según el Código Tributario.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no retengo siendo agente retenedor?

El incumplimiento genera multas, recargos e intereses sobre el impuesto no retenido, y en casos graves puede derivar en responsabilidad penal tributaria. La SAT puede detectarlo al cruzar las FEL con el padrón de agentes retenedores

¿Todo pago a un proveedor está sujeto a retención de IVA?

No. La retención de IVA aplica en transacciones iguales o superiores a Q2,500 para contribuyentes especiales y exportadores. Los pagos menores a ese umbral no están sujetos a retención.

¿Puedo ser al mismo tiempo agente retenedor y sujeto retenido?

Sí, y es más común de lo que parece. Una empresa puede retener IVA a sus proveedores y a la vez recibir retenciones cuando vende a entidades del Estado o exportadores. Los créditos se concilian en la declaración mensual de IVA.

¿Cómo sé si estoy registrado como agente retenedor en la SAT?

La SAT notifica formalmente al contribuyente. Además, puedes verificarlo ingresando al sistema “Retenciones Web IVA” del portal SAT con tu RNIT — si tienes acceso activo al módulo de retenciones, estás calificado.

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